Los fisioterapeutas advierten de los riesgos de contratar servicios de los masajistas sin titulación que rondan las playas españolas en los meses de verano.
LaSexta|Noticias
Tomar el sol y darse un baño son actividades muy relajantes, y la playa es el destino preferido por los españoles para veranear. Su alta concentración de gente es un buen sitio para hacer negocio, y por ello los vendedores ambulantes se recorren estos meses la costa. Ofrecen pulseras, camarones, pareos, helados o gorras con ventilador. Pero en los últimos años les han salido nuevos competidores: los masajistas.
Estos trabajadores se acercan a los bañistas y les ofrecen sus servicios: relajantes masajes por cinco o diez euros. Un capricho que no engorda y que muchos se conceden.
Sin embargo, los fisioterapeutas están dando la voz de alarma. Algunos de estos masajistas playeros aseguran calmar dolores o arreglar contracturas… pero no cuentan con la titulación requerida y, por lo tanto, no siempre conocen bien la técnica. Contratar sus servicios conlleva el riesgo de sufrir una lesión peor que la inicial.
Roturas de músculo o fracturas de vertebra son los problemas más comunes cuando el masajista intenta arreglar la contractura del cliente que causan, además, mareos y cefaleas.
Según el artículo 7º de los Estatutos del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid, publicados en el BOCM nº 282, del 27 de Noviembre de 1998. (Boletin oficial de la comunidad de Madrid, por poner un ejemplo) "Corresponde en exlusiva la denominación y función de Fisioterapeuta a quienes ostenten la titulación de Diplomado en Fisioterapia de acuerdo con el Real Decreto 2965/80 de 12 de Diciembre, aquellos que tengan la especialidad de Fisioterapia reglamentada en el decreto del 26 de Julio de 1957, los profesionales habilitados con anterioridad al citado Decreto para ejercer la Fisioterapia, y aquellos que estén en posesión de los títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homolagados a aquellos". FUNCIONES DEL FISIOTERAPEUTA Según los artículos 6º y 7º del Código Deontológico del Ilustre Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid: "Son funciones de los fisioterapeutas, entre otras, la aplicación de tratamientos con medios físicos que se prestan a enfermos de todas las especialidades de medicina y cirugía donde sea necesaria la aplicación de dichos tratamientos, entendiendose por medios físicos: eléctricos, térmicos, mecánicos, hídricos, manuales y ejercicios terapéuticos con técnicas especiales en: respiratorio, parálisis cerebral, neurología y neurocirugía, reumatología y ortopedia, coronarias, lesiones medulares, ejercicios maternales pre y post parto y cuantas técnicas fisioterápicas puedan utilizarse en el tratamiento de enfermos. Estas funciones se desempeñaran en instituciones sanitarias, centros docentes, centros de servicios sociales, instituciones deportivas, consultorios de fisioterápia, centros de rehabilitación, gimnasios terapéuticos y domicilios de los usuarios." "El objetivo último de la Fisioterapia, es preservar, restablecer y aumentar el nivel de salud de los ciudadanos a fin de mejorar la calidad de vida de la persona y de la comunidad". A esto no tienes más que añadirle lo que dice el CODIGO PENAL en cuanto a INTRUSISMO.
Hola: Soy acupuntor y veo que ningún fisio publica aquí la ley en concreto donde dice que los acupuntores o naturopatas son: "ilegales" en cambio el amigo JAIME si lo hace.... pero para demostrar que no somos delincuentes... que engañados estais con esas historias....!!!!!!!!!!!! lo malo es que engañais a los pacientes, bueno clientes... al menos asi los veis vosotros
si, si tratar a gente... esguinces cervicales que se demoran en 6 meses para cobrar del seguro, meniscos destrozados a los que se pone el tens y el ultrasonido de por vida... en fin estamos de acuerdo en que hay de todo en todos lados. Por cierto referencia una ley cuando hables de ella y asi todos podremos ver esa lei que argumentas, por ejemplo esta: LA NATUROPATIA: Profesión reconocida en el Boletín Oficial del Estado numero 236, del 2 de Octubre de 1990, fascículo primero, aparecen publicados los epígrafes de Actividades Económicas y Profesionales de Hacienda, correspondiente al ejercicio profesional de la Naturopatía. En el grupo 944 se recogen los Servicios de Naturopatía y en el 841 se recoge el de Naturópata. En la Ley 30/1985, de 2 de Agosto, del Impuesto Sobre el Valor Añadido, el Reglamento sobre actividades profesionales y económicas, Art. 13.1.3º, página 251.
Juan. la diferencia es que según la legislación, si no tienes una formación reglada no puedes desarrollar una técnica con un fin terapéutico. De acuerdo en que hay fisios malos y que habrá quiromasajistas muy buenos, pero legalmente no pueden actuar ante una patología. Es posible que haya albañiles muy buenos, pero para que una construcción pueda comenzar, se neceita un arquitecto. Asi es la vida. Si algun quiromasajista quiere "tratar patologías" lo tiene tan fácil como hacer la carrera, que total, son solo 3 años. Igual que para conducir hay q tener carnet, para tratar patologías hay que ser personal sanitario facultativo o no facultativo, pero siempre con estudios reglados (te guste o no)
¿Roturas de músculo y fracturas de vertebra? Los Quiromasajistas o especialistas en Naturopatía Manual le dán mil vueltas a cualquier fisio de alfonso X. Por cierto, basta de acusar a colectivos de forma general: Si un fisio es malo, es malo. si un fisio es bueno, es bueno. y para quiromasajistas igual. Además basta ya de intrusismo de ciertos fisios que hacen acupuntura, fitoterapia, reflexología... ESO SON TERAPIAS NATURALES. El epigrafe es diferente al de fisio por lo cual los intrusisitas sois vosotros. Además si la carrera en Alfonso X es tan buena ¿para que necesitais lugo terapias naturales?
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