Es la última medida en entrar en vigor de la reforma del Código Penal. Conducir sin haberse sacado el carné o habiéndolo perdido cautelar o definitivamente por decisión judicial es ya delito.
AGENCIAS
Este 1 de mayo concluía la moratoria concedida a esos conductores para que regularicen su situación al entrar en vigor el párrafo segundo del artículo 384 del Código Penal. Éste es el único precepto de la reforma penal en materia de seguridad vial que no estaba aún vivo, ya que el resto es de aplicación desde el 2 de diciembre de 2007.
Esta reforma del Código estipula una pena de prisión de 3 a 6 meses o con una multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
La medida entra en vigor coincidiendo con el puente de mayo, uno de los momentos del año en que se producen más desplazamientos. Según declaró el fiscal de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, los agentes de Tráfico vigilarán "de manera especial" la autenticidad de estos documentos.
"La Policía y la Guardia Civil van a revisar muy atentamente los permisos de conducir, porque hay gente que los obtiene a través de organizaciones que se dedican a falsificarlos", ha asegurado Vargas.
Por ello, el fiscal ha animado a todos los conductores que se encuentren en una situación irregular a que "se apunten a la autoescuela y así se sitúen de acuerdo con la legalidad", porque de lo contrario serán sancionados "con penas de entre tres y seis meses de prisión, con una multa o con trabajos en beneficio de la comunidad".
Por otra parte, Vargas ha asegurado que la Fiscalía tratará, "en la medida de lo posible", de que aquellas personas que tengan que realizar trabajos en beneficio de la comunidad "cumplan con su condena en hospitales con víctimas de tráfico o en centros de parapléjicos".
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